Se instruye a los Presidentes de las Empresas Tuteladas de la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), a que a todos los Planes y Programas de Desarrollo Social y Endógeno enmarcados en las Líneas Estratégicas del Gobierno Nacional, deben ser previamente sometidos a la consideración y aprobación del Presidente de la Corporación Venezolana de Guayana.

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