Se establece que la «Corporación Venezolana del Café, S.A.», ejercerá la administración, posesión y uso de los bienes muebles, inmuebles, activos tangibles e intangibles y demás bienhechurías, presuntamente pertenecientes a la Sociedad Mercantil CAFEA, C.A., que constituyen o sirvan para el funcionamiento de una planta agroindustrial para el procesamiento de Café, ubicada en la dirección que en ella se indica, para la ejecución de la obra «Consolidación de la infraestructura Agroindustrial del Café (...)

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