Resolución Conjunta mediante la cual se corrige por error material la Resolución Conjunta de fecha 20 de marzo de 2014, en la cual se establecen las bases, condiciones, términos y porcentajes mínimo obligatorio de la cartera de créditos que cada una de las entidades de Banca Universal, así como la Banca Comercial tanto pública como privada, deberá destinar al sector agrario.

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