Se prorroga hasta el 30 de junio de 2008, el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Alimentación N° DM/076, de fecha 05 de septiembre de 2007, publicada en la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA N° 38.763, de fecha 06 de septiembre de 2007.

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