Se delega en la Comisión para la Enajenación de Bienes del Sector Públicos No Afectos a las Industrias Básicas, adscritas a este Ministerio, la autorización para la Transferencia a la República Bolivariana de Venezuela, o a cualquier ente público, de los bienes que pertenecen al Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios y los que son propiedad de las instituciones bancarias y/o de las empresas relacionadas sometidas a liquidación administrativa, por cualquier medio traslativo de la (...)

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