Resolución mediante la cual se fija como días hábiles de trabajo para el año 2014, todos los días del calendario, en el horario comprendido de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., con excepción de los feriados, y los señalados en la Ley que en ella se mencionan.

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