Acuerdo mediante el cual se decidió que hasta tanto no se dicte la Sentencia definitiva en la demanda de nulidad por inconstitucionalidad incoada por la ciudadana que en ella se menciona, contra el Código de Ética del Juez Venezolano y la Jueza Venezolana, o mientras dure la vigencia de la medida cautelar dictada, la Oficina de Sustanciación de la Jurisdicción Disciplinaria Judicial estará dirigida por el Presidente del Tribunal Disciplinario Judicial.

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