Decreto N° 2.645, mediante el cual se exonera del pago de los impuestos de importación, la tasa por determinación del régimen aduanero, así como del impuesto al Valor Agregado, a las importaciones de bienes, equipos, medicamentos genéricos y biotecnológicos, reactivos, vacunas, materiales e insumos, que realice el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, con ocasión de la ejecución del Convenio Integral de Cooperación entre la República de Cuba y la República Bolivariana de Venezuela.

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