Decreto N° 6.412, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, a las operaciones de ventas nacionales de los bienes muebles corporales y las prestaciones de servicios independientes, ejecutados o aprovechados en el país a título oneroso, incluyendo aquellos que provengan del exterior, estrictamente necesarios para la ejecución del Proyecto Planta de Concentración de Mineral de Hierro, en los términos que en él se indican.

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