May 02, 2011
Números Ordinarios
- Se establece en un doce por ciento (12%) el porcentaje mínimo de la cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios las instituciones del sector bancario obligadas a conceder créditos hipotecarios destinados a la adquisición y construcción de vivienda principal dentro de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
- Se constituye la Comisión de Contrataciones Permanentes de la Empresa de Producción Social Recuperadora de Materias Primas, C.A., conformada por los ciudadanos y ciudadanas que en ella se mencionan.
- Se fija en todo el territorio nacional el precio de venta pagado al productor de los rubros que en ella se mencionan, en los términos que en ella se indican. (Maíz blanco, maíz amarillo, soya y arroz).
- Se designa a las ciudadanas que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se señalan, de esta Fundación.
- Se prorroga por un lapso de dos (2) meses, el plazo para el proceso de liquidación del Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES), desde el 1° de mayo de 2011 hasta el 30 de junio de 2011, en los términos que en ella se indican.
- Se otorga la Jubilación Especial al ciudadano Domingo Evelio Jaspe.
- Se designa a la ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su carácter de Fiscal General de la República, Presidenta Provisional del Consejo Moral Republicano para el período correspondiente al año 2011, en los términos que en ellas se señalan.
- Se designa a los ciudadanos y ciudadana que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se señalan, en los términos que en ellas se indican.
- Se otorga la Jubilación a los ciudadanos y ciudadanas que en ella se mencionan, adscritos a la Policía Metropolitana de Caracas, en los términos que en ella se mencionan.
Números Extraordinarios
- Se ajusta las tarifas máximas a nivel nacional a ser cobradas en el servicio de transporte terrestre público de pasajeros en rutas interurbanas, en los términos que en ella se especifican.
- Se ajusta las tarifas máximas a nivel nacional a ser cobradas en el servicio de transporte terrestre público de pasajeros en rutas suburbanas, en los términos que en ella se indican.